
La obligación para las eléctricas de facilitar estos datos se recoge en el proyecto de reglamento que desarrolla la ley de Prevención del Fraude. De acuerdo con la disposición adicional tercera del borrador, las compañías eléctricas deberán presentar a la Administración tributaria una declaración anual que incluya no sólo los datos de los titulares de los contratos, sino también los de aquellos que pagan los recibos cuando no coincidan con los contratantes.
Con ello el fisco intenta cubrir todas las lagunas de información que pudieran darse, ya que hay muchos cientos de miles de contratos de luz en donde no coincide el titular del contrato con quien realmente paga la factura, bien porque se ha producido una compraventa, bien porque quien alquila no suele cambiar de titular el contrato de suministro. Las compañías eléctricas, de hecho, no le dan mucha importancia a este hecho, ya que lo que realmente les importa es poder cobrar el recibo, con independencia de quién lo haga. Sin embargo, Hacienda sí que va a conceder mucha importancia a este hecho para detectar arrendamientos de pisos irregulares y viviendas vacías.- (EFE)
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