SAN JOSÉ.-
El presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, sancionó este lunes una
ley que busca regular los abusos en huelgas del sector público y así
brindar seguridad jurídica al país.
En
un acto oficial celebrado en Casa Presidencial, Alvarado firmó la Ley
para brindar seguridad jurídica sobre las huelgas y sus procedimientos
(N° 9808), que permite a los trabajadores manifestarse en libertad sin
afectar el derecho del resto de los ciudadanos.
"Esta
ley viene a solventar una seguridad jurídica para todas las personas
tanto para aquellas que se manifiestan como las instituciones y la
ciudadanía, y ahora hay reglas y procedimientos más claros, y eso lo
agradece el país", manifestó en su discurso el mandatario costarricense.
La
ley declara ilegal las huelgas en los servicios públicos esenciales
cuya suspensión, discontinuidad o paralización pueda causar daño
significativo a los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública.
Además, suspende el pago de los salarios de los trabajadores que
participen en estos movimientos.
La
ministra de Trabajo, Geannina Dinarte, dijo que, si bien la huelga es
un derecho reconocido en el Código de Trabajo concebido para toda
persona trabajadora era una necesidad establecer un balance de ese
derecho.
"La
ley tiene características muy importantes como el reconocimiento de que
el derecho a huelga es necesario y que las huelgas a lo largo de la
vida han sido un factor relevante para reivindicar importantes derechos
de la ciudadanía, ha sido un medio importante para alcanzar grandes
logros, pero también es cierto que estamos ante la necesidad de
establecer un balance entre el derecho a la huelga y los derechos y
libertades de la ciudadanía", destacó Dinarte.
El
Congreso aprobó la semana pasada con 35 diputados a favor y 13 en
contra, de un total de 57, el proyecto de ley. Los legisladores
indicaron que la iniciativa resuelve vacíos existentes en la legislación
vigente respecto a la regulación de las huelgas, ya que ha sido tomado
en forma abusiva por algunos dirigentes sindicales.
La
nueva legislación regula los servicios esenciales en donde estará
prohibida la huelga, como consulta externa, exámenes médicos, pruebas de
laboratorio, farmacia, cirugías, policía pública, controladores aéreos y
migratorios, transporte ferroviario, carga y descarga en muelles,
fuentes de energía, entre otros.
El
sector educativo forma parte de estos servicios y se establece que
durante la huelga deberá mantenerse el personal necesario para la
prestación de labores. En este último caso, la huelga no podrá superar
los 21 días naturales consecutivos o de 10 días naturales discontinuos.
El
proyecto fue modificado después de que la Sala Constitucional
encontrara roces con la Constitución Política en varias de sus
disposiciones por lo que se debió excluir de los servicios esenciales a
varias actividades entre las que se encuentran las que brinda el Poder
Judicial.
El
proyecto de ley, impulsado por varios partidos, y apoyado por el
Gobierno, surgió luego de que a finales del 2018 ocurriera una huelga
sindical de tres meses en contra de una reforma fiscal, que
posteriormente fue aprobada, que establecía nuevos impuestos y recortes a
pluses salariales en el sector público.
Además,
durante el 2019 también han habido huelgas contra la implementación de
la reforma tributaria y particularmente dos en el sector salud que
generaron mucho descontento social y a nivel político.
Los
grupos sindicales han manifestado que esta ley implica una "mordaza
para el pueblo", a la vez que señalaron que jamás renunciarán al derecho
a huelga así sea prohibida o limitada.
Por
su parte, los empresarios han aplaudido la aprobación de la nueva
legislación sobre huelgas, pues aseguran que esos movimientos perjudican
la economía y al competitividad del país, así como la salud y la
educación de la población.
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