lunes, 30 de junio de 2008

Las prácticas crediticias en la UE deben ser motivo de tranquilidad para las autoridades

MADRID.- Las prácticas crediticias en la Unión Europea, así como las reglas comunitarias deben de constituir un motivo de tranquilidad para la Comisión Europea sobre la situación del crédito hipotecario en Europa, según indica la Federación Hipotecaria Europea (FEH) en una circular.

El responsable de Asuntos Económicos de la FHE, Malcom McDowell, considera que las entidades de crédito hipotecario de la Unión Europea están mucho más comprometidas que las estadounidenses con una valoración apropiada de la capacidad de endeudamiento del cliente en el momento de solicitar un préstamo que en las expectativas sobre el valor del inmueble.

McDowell respondía así a la preocupación de la Comisión Europea expresada en el Libro Blanco sobre la integración de los mercados hipotecarios de la UE respecto a la obligación de las entidades de crédito de mejorar en la forma de evaluar correctamente la solvencia del consumidor antes de concederle un préstamo hipotecario.

A su juicio, mientras que el sistema de concesión de préstamos en EEUU precisa "mejoras profundas", la situación europea no es "en absoluto comparable". En este sentido, McDowell apunta en la circular que la falta de diligencia de los prestamistas e intermediarios y los prestatarios estadounidenses en materia de información se ha identificado como "una deficiencia clave en el proceso de concesión de préstamos que llevó a la crisis 'subprime'".

Como ejemplo, señala que entre 2001 y 2006, la proporción de préstamos a prestatarios que no podían o no deseaban confirmar los datos sobre situación laboral, renta u otra información crediticia (préstamos con escasa documentación o sin documentación) pasó de más del 28% a más del 50%.

McDowell también apunta como "ejemplo de la concesión irresponsable de préstamos" en los EE.UU. la proporción de créditos con elevado porcentaje de financiación a clientes 'suprime', algunos incluso combinados con tipos inicialmente bajos y posteriormente mucho más altos. De hecho, el porcentaje de prestatarios con financiación del 100% pasó del 10% a principios de 2003 a más del 70% a mediados de 2006.

Frente a ello, la situación en la UE con respecto a las prácticas de concesión de préstamos es "bien distinta", ya que, como norma general, en la UE la decisión de la concesión del crédito está más basada en la valoración que el prestamista realiza de la capacidad del candidato para hacer frente al pago del préstamo más que en las expectativas del valor del inmueble.

En este sentido, el experto subraya que, además de una elevada capacidad para hacer frente al pago del préstamo, las condicionesexigidas a los prestatarios comunitarios que soliciten este tipo de préstamos incluyen normalmente un buen historial crediticio, un deudor solidario, una garantía personal de terceros y otros recursos económicos, como ahorros.

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