PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
Una nueva oficina independiente, ubicada en la Reserva Federal, supervisará servicios y productos financieros, como las hipotecas, tarjetas de crédito y préstamos a corto plazo. Una nueva fuerza de supervisores en el terreno implementará las reglas.
RESERVA FEDERAL
La Reserva Federal seguirá monitoreando dos tipos de entidades financieras: compañías que tienen bancos y bancos asociados al estado que son parte del sistema de la institución.
RESERVAS DE CAPITAL
Los grandes bancos deberán tener mayores reservas para protegerse ante pérdidas futuras. Los estándares serán tan altos como los de bancos pequeños.
Los bancos seguirán comercializando derivados _instrumentos financieros cuyo valor varía de acuerdo con una inversión subyacente_ relacionados con las tasas de interés, divisas extranjeras, oro y plata. Los cambios afectarán las riesgosas inversiones hipotecarias que provocaron el estallido de la crisis. La ley prohibe que el gobierno rescate a bancos que enfrenten grandes pérdidas debido a los derivados.
RESTRICCIONES BANCARIAS
Los bancos con compañías que tengan operaciones bancarias comerciales no podrán comercializar inversiones riesgosas. Sin embargo, estas entidades podrán invertir hasta un 3% de su capital en capitales privados y fondos especulativos de alto riesgo.
PAGOS A EJECUTIVOS
Los accionistas tendrán el derecho de realizar una votación no vinculante sobre los paquetes de compensación económica de los directivos. La Reserva Federal regulará los pagos excesivos que se consideren peligrosos o una práctica poco prudente por parte del banco.
AGENCIAS DE EVALUACION
Las agencias de evaluación deberán registrarse en la Comisión de Valores de Estados Unidos y estarán sujetas a estándares mayores de responsabilidad.
PRESTAMOS HIPOTECARIOS
Los prestamistas deberán exigir que los deudores demuestren que pueden pagar sus hipotecas. Tendrán que presentar pruebas de sus ingresos, ya sea a través de declaraciones de impuestos, recibos del sueldo o documentos bancarios.
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