El fallo confirma el emitido en abril por un tribunal de apelaciones de la OMC que condenó a Washington por imponer excesivos aranceles de dumping al acero inoxidable mexicano.
El dumping ocurre cuando los productores extranjeros exportan sus productos con precios inferiores a los del mercado _ generalmente porque las exportaciones han sido subvencionadas o por intentar acorralar ese sector. Conforme a las normas de la OMC, los países pueden imponer aranceles adicionales a fin de compensar el dumping.
La OMC ha fallado en contra de Estados Unidos _ en disputas con los 27 países de la Unión Europea, Canadá, Japón y otros _ debido a su forma de determinar la cuantía y el motivo de los aranceles antidumping.
Las comisiones de la OMC fallaron consistentemente que Estados Unidos se equivoca en esos cálculos y por ello sancionó la importación de esos productos con aranceles antidumping excesivamente elevados.
Tras el 30 de abril del 2009, México podrá pedir a la OMC que inicie una investigación de seguimiento si cree que Estados Unidos sigue violando las normas. La OMC puede imponer entonces sanciones punitivas _ aunque generalmente tras años de litigio.
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